este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual es de Obligatorio Cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los Niños, Niñas y Adolescentes, y el derecho a obtener documentos públicos de identidad, (artículo 22), en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana TERESA JOSEFINA DIAZ PARACO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.637.923, domiciliada en: Avenida Octavio Camejo Residencias Nelamar, Piso 01, Apartamento A-12, Lechería, Municipio Lic. Diego Bautista Urbaneja, Estado Anzoátegui, para la tramitación de toda la documentación necesaria para la OBTENCION de PASAPORTE, de su hij.....