En consecuencia, este Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINTA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL del penado OSWALDO ALEXANDER VERACIERTA MEJIAS, quien es Venezolano, natural de Bergantín, Estado Anzoátegui, donde nació el 26-07-1965, de estado civil casado, de ocupación u oficio comerciante, hijo de LUISA VERACIERTA y JULIAN VERACIERTA, titular de la cédula de identidad Nº.8.239.580, residenciado en la Avenida Centurión Nº.08, Sector Araguaney, Barcelona, Estado Anzoátegui, por cumplimiento de pena, conforme a lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, quedando sujeto a la vigilancia de la autoridad hasta el día 26-10-2008.
Ofíciese al Ministerio del Interior y Justicia, a la oficina de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores y al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científica.....