ESTE JUZGADO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales y Fidecomiso que le puedan corresponder al ciudadano ZBIGNIEW LUIS MILKO VARGAS. Y ASI SE DECLARA. El Tribunal hace del conocimiento al notificado, ciudadano YOEL ANTONIO MARTINEZ MOSQUEDA, antes identificado, que el cheque correspondiente al pago de los conceptos embargados deberán ser emitidos en cheque a nombre del Tribunal de la Causa: JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL AGRARIO Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, expediente Nº BP02- V-2007-000359 cuando se hagan pagaderos.