Este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD CON FIANZA a favor de los imputados DURVIN ANDARCIA REYES y RUBEN DARIO MAITA ALBORNOZ, titulares de la Cedulas de Identidad Nº 26.449.346 y 30.862.211, en su orden, por la presunta comisión de los delitos de DETENTACION DE MATERIAL INCENDIARIO e INSTIGACION A DELINQUIR, previsto y sancionado en el Articulo 296 y 283 del Código Penal, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, consistente en: 1.- Presentación periódica cada TREINTA (30) DÍAS por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; y 2.- La presentación de dos fiadores que devenguen una salario mínimo de Cien Unidades Tributarias (100UT), que una vez satisfecho los requisitos, saldrán en libertad, de conformidad con el Articulo 242 Ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal.....