SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A  del  Código   de Procedimiento Civil Venezolano vigente formulado por los ciudadanos:   MORELVA DEL VALLE GIL DE ROSAS Y EDGAR JOSE ROSAS, Venezolano, mayores de edad y  titular  de  la  cedula  de  identidad números V- 6.924.897  Y  8.465.607,   respectivamente,  de  este  domicilio.   En  consecuencia  se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil.