SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente formulado por los ciudadanos: MORELVA DEL VALLE GIL DE ROSAS Y EDGAR JOSE ROSAS, Venezolano, mayores de edad y titular de la cedula de identidad números V- 6.924.897 Y 8.465.607, respectivamente, de este domicilio. En consecuencia se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil.