PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento de la acción realizado en fecha 16 de Mayo de 2.016, por el Ciudadano: LUIS ALEXANDER BOUTTO FLORES, venezolano, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad Nº V-11.907.398, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio DORIS ZABALETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.31.452, en el presente juicio que por DIVORCIO CONTENCIOSO, sigue el Ciudadano: LUIS ALEXANDER BOUTTO FLORES, venezolano, mayor de edad, y titular de la cedula de identidad Nº V-11.907.398, ya identificado, en contra de la Ciudadana: JULIETA CAROLINA RIVERO MENDEZ, plenamente identificada en el presente fallo. En consecuencia, se declara consumado el acto de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena la devolución de los documentos originales dejando en su lugar copia debidamente certificada de los mismos.