El día 19 de Julio de 2005, el Tribunal dicta el fallo, declarando con lugar la acción interpuesta, fijando la obligación alimentaría de la niña ARIANNA ALEJANDRA BELLO GOMEZ, de un (01) año de edad, en la cantidad de CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 133.800,00) mensuales, en contra del ciudadano ENRIQUE BELLO, arriba identificado, siendo ésta la última actuación que refleja el expediente, sin que hasta la presente fecha (15 de Octubre de 2007) se haya efectuado cualquier acto procesal, por intermedio de las partes involucradas en este proceso, que impulsen el mismo, llevan a este Tribunal a determinar la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y así se declara.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA de conformi.....