En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA INMEDIATA EJECUCION DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA dictada al ciudadano DANIEL RAMON BRITO VERACIERTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.192.986, natural de Maturín, Estado Monagas, donde nació en fecha 25/12/1953, de 53 años edad, de Estado Civil casado, de profesión u oficio Latonero y residenciado en el Sector Las Malvinas, vereda 01, Nº 36, Barrio Guamachito, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos y sancionados en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, de fecha 22/04/2004, la cual riela a los folios Ciento Noventa y tres (193) al Ciento Noventa y ocho .....