este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADO EJECUTIVAMENTE la cantidad de VEINTINUEVE MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 29.000,ºº), de la factura Nº 000590, correspondiente a la Sociedad Mercantil Inversiones Henor, C.A., la cual será deducida del monto total disponible indicada por el notificado, es decir de la suma de CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (Bs. 43.875,24). ASÍ SE DECLARA. Igualmente, se desposesiona jurídicamente a la parte ejecutada de dicha cantidad de dinero, ordenándose al notificado cuando se haga disponible el pago de la referida factura, librar cheque de gerencia a favor de la parte ejecutante Abg. CARLOS ALBERTO MORÓN REYES, venezolano, mayor de edad, Abogado, titular de la cédula de identidad Nº 9.088.625 e inscrito en el Inpreabogad.....