En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa con fundamento en la disposición Legal antes citada. Así se decide. En Barcelona a los 16 días del mes de enero de 2006. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.