Con vista de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PACIALMENTE CON LUGAR, la demanda por cobro de diferencia sobre prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada por la ciudadana CARLOS ALBERTO YULIANI, en contra del la empresa APOYOMEN, E.T.T., C.A. Y PETROLERA AMERIVEN, S.A.., esta ultima solidariamente responsable de los conceptos y montos condenados. Condenándose a pagar a las accionadas la suma de Bs. 12.815.423,23; por concepto de diferencia sobre prestaciones sociales y daño moral, sin perjuicio de los montos que arrojen las experticias complementarias del fallo si hubiere lugar a ellas en los términos expuestos en esta sentencia.