DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Extensión El Tigre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS y, por tanto, el ABANDONO DEL TRÁMITE, respecto del recurso de amparo constitucional incoado por el ciudadano ANIBAL VARGAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portador de la cédula de Identidad Nº. 4.908.078 acreditándose el carácter de Supervisor de Relaciones Laborales de la Sociedad Mercantil CNPC SERVICES DE VENEZUELA LTD, S.A. quejoso en amparo constitucional.
Se ordena la notificación de la parte accionante, a los fines de imponerlo de la declaratoria de LA PÉRDIDA DEL INTERÉS y, por tanto, el ABANDONO DEL TRÁMITE, en el presente recurso de amparo constitucional. En el domicilio procesal constituido en autos, en la siguiente dirección: Calle 23 Sur Bis. Q.....