En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INACTIVIDAD PROCESAL, en la presente demanda con motivo de DIVORCIO CONTENCIOSO y los recaudos que la acompañan, presentado por la ciudadana ARLINES DEL JESUS CASTILLO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.855.620, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ALEXANDRA HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 53.829, en contra del ciudadano NELSON JOSE RONDON REBOLLEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.233.357, domiciliado en: Calle Juncal, Casa Nro. 23, Barrio Guamachito, diagonal Estadium Guamachito, Barcelona, Estado Anzoátegui, donde se encuentra involucrada la Joven.....