Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCION al ciudadano DIEGO ALEJANDRO BENITEZ ORTIZ, titular de la cédula de identidad N° V-15.030.996, natural de Maturín, Estado Sucre, donde nació en fecha 24-11-78, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Publicista, hijo de MANUEL BENITEZ (D) y LUISA ARTIZ (V), residenciada en Zaraza, sector Carlos Ludro, Carretera Nacional, casa S/N al lado de Empresa Polar, Estado Anzoátegui. Líbrese el respectivo oficio de Libertad. Cúmplase.