Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio, incoada por el ciudadano RICHARD FELIPE SIFUENTES PARABABI, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro. V-8.283.157, en contra de la ciudadana NANCY MARGARITA AMARCUA RANGEL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-14.320.630, con fundamento en la causal segunda establecida en el artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que une a los cónyuges.