Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y de conformidad con el Artículo 177 Parágrafo Primero Literal "J "de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio incoada por el ciudadano CRUZ ENRIQUE RIVERO CARREÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.417.431, domiciliado en el Sector Fundación Mendoza, Conjunto Residencial Alto Guaica, Torre 6, Apartamento 6-11. Barcelona, Parroquia El Carmen. Municipio Simon Bolívar del Estado Anzoátegui, debidamente asistido en este acto por LESLIE FIGUERA CUMANA y ANASOFIA FIGUERA ROMERO, abogadas en el ejercicio, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 81.285 y 220.345, respectivamente; en contra de la ciudadana ROSA A.....