éste Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la presente solicitud de Calificación de Despido y se ordena a la empresa TALLER INDUSTRIAL PROGESI, C. A., a reincorporar al trabajador GELSON JESUS AGUILERA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.416.48, al cargo que desempeñaba al momento de su despido con el respetivo pago de los salarios caídos hasta su definitiva reincorporación, tal como ha quedado estipulado en esta sentencia. Se condena en costas, a la empresa demandada.