Sobre la base de los motivos expuestos precedentemente, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Demanda de Nulidad de Documento que tiene incoada el ciudadano JESÚS PÉREZ MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 1.083.408, domiciliado en Maracaibo, Estado Zulia, representado por la Abogada FELICIA JOSEFINA ALI GARCÍA, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 30.270, en contra de la Empresa DISTRIBUIDORA SAL BAHÍA C.A., inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 06 de Febrero de 1.970, bajo el Nº 9, Tomo 22-A , y posteriormente inscrita ante el Registro Mercantil del Estado Anzoátegui, bajo el Nº 38, Tomo A-49, domiciliada en Barcelona Estado Anzoátegui, representada por la Abo.....