DISPOSITIVA
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA al penado WILLIAM GALINDO , quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.105.069, natural del Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 20-08-1987, de 21 años edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de WILLIAN RAFAEL GALINDO Y SHIRLY TEODORA BAEZ, residenciado en la Barrio Sucre, Callejón Úrica, Casa Nº 77, Barcelona, Estado Anzoátegui medida alternativa de cumplimiento de pena, el beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO, conforme al principio de Progresividad, de acuerdo al contenido de los artículos 26 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 500 del Código Orgánico Procesal Penal, 66, 67 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, con trabaj.....