El Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA al ciudadano NICOLAS ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.774.265, y a sus hijos JOSE GREGORIO ZERPA MARQUEZ, FRANKLIN NICOLAS ZERPA MARQUEZ, E HILARIA DEL CARMEN ZERPA MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedula de Identidad números: V-8.225.343, V-8.236.689, V-8.246.671, como LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante DELIS MARGARITA MARQUEZ DE ZERPA, dejando a salvo los derechos de terceros, todo en conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil,
Tómese nota de este Decreto en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.
La Juez Suplente Especial,
La Secretaria, .....