En virtud de las razones expuestas anteriormente este Tribunal Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en el presente Juicio de CONSIGNACION VOLUNTARIA POR OBLIGACION DE MANUTENCION, y los recaudos que la acompañan, presentada por el ciudadano : NELSON ANTONIO RAMON MOY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-3.957.260, el primero domiciliado: en la Av. Principal Módulos de Campo Rojo, apartamento Nº 2, Modulo 19, Anaco, Estado Anzoátegui, en contra de la ciudadana MANYELY ANYELI BERNAY RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.212.635 domiciliada en: la Calle Principal de la Palencia, S/N, Santa Ana, Municipio MC Gregor. Estado Anzoátegui, a favor de el adolescente (Se Omite d.....