Este Juzgado Séptimo Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decidió: Se ACUERDA a los imputados DARWIN SIMON JIMENES FLORES y ROGER RAFAEL LICETT, titular de la Cedula de Identidad N° 18.279.210 y 20.053.387, en su orden, por la presunta comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana ANA MILENA PALACIO, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES y a estos efectos se le impone las siguientes condiciones: 1. Presentarse por ante la sede de este Tribunal cada SESENTA (60) DÍAS ante el Cuerpo de Alguacilazgo de este Tribunal; y 2.- La acercarse a la victima.. Asimismo queda notificado el imputado que si incumple en forma injustificada a alguna de las condiciones que le fue.....