En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Nulidad que interpusiera la ciudadana Marizabel Bolívar contra el acto administrativo de destitución contenido en el oficio N° AL-232 de fecha 28 de abril de 2000 dictado por la Presidenta de la Comisión Legislativa Regional del Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: Firme el acto administrativo de destitución antes referido.
TERCERO: Se condena en costas a la parte perdidosa, ciudadana Marizabel Bolívar.
CUARTO: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión.