Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Revisa la medida de Libertad Asistida que le fue impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, y en consecuencia ACUERDA: MANTENER LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS, aplicada al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, faltándole por cumplir un lapso de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS, aplicada por este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en decisión de fecha 18 de Diciembre del año 2006; por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, en grado de cooperador, previsto en el articulo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en concordancia con el .....