Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ADMISIÓN de la presente Acción Mero Declarativa que ha incoado por LUMISIAL SAN RAFAEL, filial de la Santa Iglesia Gnóstica Cristiana Universal de la República Bolivariana de Venezuela, según Acta Constitutiva inscrita en la Oficina de Registro Público del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, bajo el Nº 36, folios 303 al 315, Protocolo Primero, Tomo Séptimo, Cuarto Trimestre del 2.007, a través de su Apoderado Judicial RAÚL JOSÉ HERNÁNDEZ ALCALÁ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 88.126, en contra de los ciudadanos VIRGINIO VALENTÍN BLASCO e ISABEL ZANCHI DE VALENTÍN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.189.232 y 4.936.855, respectivamen.....