En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE, en la presente solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL (DISPOSICIÒN DE BIENES), presentada por el ciudadano NELSON DE JESUS ARREAZA SANTOYO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-4.897.879, domiciliada en: Calle Los Olivos, Casa S/Nº, Sector El Araguaney, Aragua de Barcelona, Municipio Aragua deL Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO MENDOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 144.062, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar los beneficios que le corresponden a la adolescente de autos, en virtud del fallecimiento de su madre, ciudadana MARIA JOSEFA.....