Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACIÓN FAMILIAR DEFINITIVA, a favor de la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , hija biológica de los ciudadanos ANGEL ENRIQUE SANCHEZ LEZAMA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nro. V-22.854.480 y YOLIMAR RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-22.854.625, interpuesta por los ciudadanos: FELIX ENRIQUE SANCHEZ e YRAIMA DEL VALLE LEZAMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidades Nro. V-10.287.377 y V-11.9.....