Por los razonamientos anteriormente explanados este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ORDENA la ubicación del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, a través de la Policía Municipal Del Municipio Francisco de Miranda del Estado Anzoátegui, con sede en Pariaguán, quien una vez ubicado deberá ser trasladado hasta la sede de este Tribunal, a los fines de reiniciar el cumplimiento de la MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA que le fue impuesta por el lapso de DOS (02) AÑOS, en virtud de haber sido declarado responsable por la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL, previsto en el artículo 412 del Código Penal Vigente, para la fecha en que ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio del ciudadano hoy occiso EUSEBIO MEDRANO. Ofíciese lo conducente. Notifíquese a las partes. Líbrense Boletas respectivas. Cúmplase.