Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA al ciudadano, CARLOS ALBERTO GARCIA , venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.249.362, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 18/05/1967, de 40 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos ELENA GOATACHE y de CARLOS GARCIA, residenciado en Barrio Bolivariano, Calle Bolivariana, N° 26 de bloques, Barcelona, Estado Anzoátegui; MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, inserta en el articulo 256 ordinal 3°, 4°, 6° y 9° concatenado con el articulo 258 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Oficio Respectivo, Notifíquese. Cúmplase.