Por todas las consideraciones antes realizadas, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR Recurso de Apelación ejercido por el abogado en ejercicio JOSE RAFAEL MATA , inscrito en el IPSA bajo el N° 147.828, actuando en representación de la ciudadana ELISNEIDY RAMOS NORIEGA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.899.068 respectivamente, contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, de fecha 20 de enero del año 2014, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, que declaró in limini litis inadmisible la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada o interpuesta por la ciudadana ELISN.....