CAPITULO II:
PRUEBA DOCUMENTAL-CERTIFICACIONES NOTARIALES:
Ahora bien, dejando a salvo su valoración en la definitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 276 y 277 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario de 2014, en concordancia con los artículos 395 y 429 del Código de Procedimiento Civil, SE ADMITEN la pruebas documentales antes señaladas en los Capítulos I y II del presente fallo, las cuales se encuentran efectivamente consignados en el expediente. Así se Decide.
CAPITULO III:
PRUEBA TESTIMONIAL
En relación a este capitulo de la PRUEBA TESTIMONIAL de ratificación de documentos privados emanados de terceros promovida por el apoderado judicial de la contribuyente SIEMBRAS MARINAS SIEMBRAMAR, S.A., este Tribunal Superior ADMITE la misma, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 483 del Código de Procedimiento Civil.
CAPITUL.....