Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara, Sin Lugar la apelación interpuesta por la parte demandada, ciudadano ALEXANDER JOSÉ LEÓN LÇOPEZ, contra la decisión dictada en fecha 12 de mayo de 2005, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Sala de Juicio Nª.1., a cargo de la Dra. Gladys Sánchez de Guzmán, la cual declara Con Lugar la acción por Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana YOHANA JOSEFINA RODRÍGUEZ, en representación de su hijo ALEXANDER DEL JESÚS LEÓN RODRÍGUEZ, contra el ciudadano ALEXANDER JOSÉ LEÓN LÓPEZ y fija la obligación alimentaria en la cantidad equivalente a medio salario mínimo urbano mensual, los cuales serán cancelados, conforme fue establecido por el A quo. Asimismo una mesada adicional, a fin de cubrir los gastos propios del mes de Septiembre y en Diciembre se le fija la cantidad de un salario mínimo urbano mensual.....