En razón a los argumentos expuestos; este Juzgado Superior en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECLINA la competencia para conocer del presente recurso de nulidad interpuesto por el abogado Pedro Etayo Sicilia, inscrito en el IPSA bajo el N° 21.913, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil KP LECHERÍA, C.A., contra Acto Administrativo, dictado por el Inspector del Trabajo de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, el día 09 de marzo de 2004, bajo el N° 10-04, en el expediente N° 433-03, en la CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. En consecuencia ordena remitir el presente Expediente N° BP02-N-2004-000381, a los fines de que conozca del mismo. Así se decide. Déjese copia certificada.