Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en la presente solicitud de Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: YOHANA JOSEFINA PEREZ PEINADO, actuando en nombre y representación de sus hijas (se omiten los datos de los niños y adolescentes por razones de confidencialidad), en contra del ciudadano: JOHAN MANUEL SOLORZANO, ha operado la Perención de la Instancia, conforme a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en su encabezamiento, en armonía con el artículo 269 eiusdem. Así se decide.
A los fines establecidos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, certifíquese por Secretaría copia auténtica de esta decisión. Por cuanto no consta en autos haber sido notificada la Empr.....