Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos: Pedro Félix Salazar Lugo y Sulay Josefina Méndez plenamente identificados en autos; y en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos: Pedro Félix Salazar Lugo y Sulay Josefina Méndez, titulares de las cedulas de Identidad N° V.- 9.821.974 Y 12.969.112 , respectivamente, en fecha: 12 de Julio de 1.995 (12/ 07/ 1.995), por ante el Registro Civil del Municipio Anaco , del Estado Anzoátegui, en el cual no procrearon hijos, así mismo se deja claramente establecido que durante el Matrimonio no adquirieron bienes en común.