Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Nor-Oriental, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano Favier Eduardo Castillo Paz Trejo, ya identificado, asistido en este acto por el Abogado Reimundo Mejias La Rosa, ambos ya identificado, contra el Instituto Autónomo de la Secretaria de la Vivienda de la Gobernación del Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, en razón de la naturaleza del presente fallo.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.