Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la: República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos, CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ HERNANDEZ y LILIANA KATE ROJAS, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los Ciudadanos, CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ HERNANDEZ y LILIANA KATE ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad Nros V-9.818.085 y V-9.814.279 respectivamente, en fecha 27 de Enero de Mil Novecientos Noventa y Tres (27-01-1993), por ante el Registro Civil del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, quedando anotado en el Acta N° 17, Folios 49-51 de los libros´ llevados por ese Despacho para el año 1993.