Se dictó Sentencia (Auto) mediante la cual se expidió Justo Título Supletorio al ciudadano FRANKLIN ANTONIO GUEVARA HURTADO, venezolano, mayor de edad, indígena, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-19.489.165; y sus Derechos de Propiedad sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno denominado "FUNDO LA GUEVAREÑA", ubicado en el Sector La Curbatera de la Comunidad Indígena Caigua del Municipio Bolívar, del Estado Anzoátegui, con una superficie de TREINTA Y CUATRO HECTAREAS CON CUARENTA Y TRES AREAS (34,43 HAS).-