Este Tribunal de Control Nº 02 de Audiencia y Medidas del Tribunal de Violencia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la precitada solicitud y Decreta el SOBRESEIMIENTO el cual fue solicitado por el representante del Ministerio Publico quien es el Titular de la Acción Penal, de la presente causa seguida a; JESUS CELESTINO CANACHE SOLORZANO, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, tipificado en el articulo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra La Mujer y la Familia del Código Penal derogado, en perjuicio de LICETH JOSEFINA GOITIA, por haber operado la prescripción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 318, numeral 3, 48, numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108, numeral 7 del Código Penal. Cúmplase lo ordenado.