Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCION de los ciudadanos CARLOS RAFAEL GONZALEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-19.495.498, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 24/10/1988, de 18 años de edad, de estado civil soltero, estudiante de Quinto, hijo Aracelis Coromoto Bonilla y Carlos Rafael González (v) , domiciliado en la calle Libertad, casa N° 04, Pueblo Nuevo, Estado Anzoátegui, y YAIR DAVID LOBO SOSA, quién es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.167.511, natural de Mérida, Estado Mérida, donde nació en fecha 28/09/1988, de 18 años de edad, de estado civil soltero, Estudiante, hijo de la ciudadana Maria Sosa (v) y JUVENCIO LOBO (V) residenciado en la calle universidad, no recuerdo.....