En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: ROVIRO DE JESUS OLIVIER.
Oficiese al Ministerio de Interior y Justicia , a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjeria del Ministerio de Relaciones Interiores, al Jefe de la División de Información del Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas, a objeto de que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesan sobre el mencionado ciudadano, en relación a la presente causa ( F-181.668, nomenclatura Extinta C.T.P.J. Barcelona).
Igualmente remitase en su forma original la presente causa, en su debida oportunidad legal.
Notifiquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, a la defensa y al ciudadano: Roviro de Jesús Olivier. Cúmplase.
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