...este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la incidencia de recusación planteada por las Abogadas OMAIRA PARADA APARACIO, BLANCA COVA URBANO Y MARIANNE COVA URBANO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros 24.921, 21.616 y 94.365, respectivamente, contra del abogado SERGIO MILLÁN CHARLES, en su condición de Juez del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; en consecuencia, se ORDENA a las referidas profesionales, identificadas en autos, cancelar una multa equivalente a diez (10) unidades tributarias, tal como lo establece el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la cual deberá ser cancelada por ante una oficina de receptora de fondos nacionales, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes .....