...este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, ordena REPONER LA CAUSA al estado de que se libren sendos carteles de notificación a las empresas KILOS GRILL BARCELONA, C.A. y TIENDA MI SALIDA C.A., conforme a lo preceptuado en el artículo 42 ejusdem, y en consecuencia se deja sin efecto el cartel de notificación de fecha 13 de abril de 2016, así como la certificación emitida por la secretaria, cursante el folio 40 del expediente, conforme a lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo se advierte que la demandada ESTACION DE SERVICIOS LA SALIDA se encuentra a derecho tácitamente dada su actuación a los autos, por lo que se hace innecesario librar cartel a la misma. Así se decide...