Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de jubilación y nulidad interpuesta por la ciudadana Yudelsi Coromoto Pino, contra la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV). Así se declara.-