Interviene el Abogado ALFREDO JOSE SALAS MIRELLES, titular de la cédula de identidad Nª 15.665.626, con inpreabogado bajo el Nª 111.418, quien es Apoderado judicial de la empresa demandad y expone:" Primero: Considero que la estimación del precio del punto CUATRIGESIMO QUINTO, no corresponde a la realidad y manifiesto mi inconformidad. Segundo: En el Acta se señala que todos los muebles, posee ralladuras y peladuras, lo cual no es cierto, porque hay muchos que se encuentran en perfecto estado. Tercero: considero que algunos aires acondicionados forman parte del inmueble por estar empotrados y Cuarto: de conformidad con el Art. Nª 1929, ordinal tercero del Código Civil, hay numerosos bienes que forman parte del funcionamiento de mi representada, por lo que debe ser considerado instrumentos de trabajo, reservándome en éste acto ampliar esos alegatos, es todo". Acto seguido el Tribunal oída la exposición de el Apoderado Judicial de la empresa demandada, en cuanto al punto Primero, ratif.....