Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor de los imputados PEDRO ALEJANDRO MEDINA MIJARES, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 14.852.484, natural de Caracas, en donde nació en fecha 29-03-1980, de 27 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Asistente Técnico Veterinario, hijo de los ciudadanos Pedro Alejandro Medina y Esther Mijares de Medina, residenciado en Boyacá III, Calle 6, Casa N° 5, Sector 1, cerca de la ferretería Proas, Barcelona, Estado Anzoátegui, JHONNY RAFAEL CONSTANTE CONTRERAS, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 13.565.366, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, en donde nació en fecha 29-10-1972, de 34 años de edad, estado civil casado, de profesión u.....