Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la solicitud de DECLARACION DE TITULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano JESUS VICENTE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cedula de identidad No. V-9.238.396, domiciliado en la Calle El Carmen, No. 15 de San José de Guanipa, Municipio Guanipa, del Estado Anzoátegui, Teléfono No: 0414-9839250, debidamente asistido por el ABG. PEDRO ROSAS MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula No. V-5.990.649, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 37.612, con domicilio Procesal en la Avenida Francisco de Miranda, Edificio El Coloso, 2do Piso, Oficina No. 204, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez, Estado Anzoátegui: por haber operado en decaimiento .....