Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN a favor de los imputados MAYRA ALEJANDRA GARCÍA ALVAREZ, identificado de la siguiente manera: venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 14.930.756, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 27-03-1977, de 30 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Comerciante, hijo de los ciudadanos JOSÉ ANGEL GARCÍA (V) y AIDA ALVAREZ (V), y CECILIO JOSÉ VALDIVIEZO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 19.495.920, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 30-04-1987, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mesonero, hijo de los ciudadanos ORANGE VIAJE (V) y ODALIS VALDIVIEZO (V), residenciado en la Calle Nueva, Sector Las Mercedes, Casa N° 2.....