Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona,, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PERECIDO, el Recurso de Apelación incoado por el ciudadano CARLOS CAYETANO LUCIO PUGLIELLI ADDARIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.991.394, domiciliado en el Conjunto Residencial Club de Vela, Casa B 31, El Morro, Lechería, Estado Anzoátegui, actuando en representación de sus hijos (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) debidamente asistido de la abogada ZEANIR RONDON, inscrita en el IPSA bajo el N° 64.498 y de este domicilio, contra la sentencia definitiva de fecha nueve (09) de julio del año 20.....