Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la admisión de la reconvención propuesta mediante escrito de fecha 08 de octubre de 2.013 por el ciudadano FRANKLIN RAFAEL CERMEÑO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.851.964, asistido por el ciudadano PEDRO OVIEDO, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 5.013, en el juicio de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, incoada en su contra por la ciudadana DINORA CLARET LUNA COVA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 5.469.709, asistida por la abogada en ejercicio ciudadana TRINA ALEJANDRA PALMAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 81.....